Directiva (UE) 2024/825: qué cambia para los artículos promocionales el 27 de septiembre de 2026
A partir del 27 de septiembre de 2026, las normas europeas sobre alegaciones ambientales se endurecen, sin periodo transitorio para las existencias. Qué prohíbe la directiva, si alcanza a una compra B2B, y qué puede hacer un comprador antes de esa fecha.
Este artículo presenta la Directiva (UE) 2024/825 a título informativo. No constituye asesoramiento jurídico.
El 27 de septiembre de 2026, la directiva (UE) 2024/825 pasa a aplicarse en toda la Unión Europea. Cambia lo que las empresas pueden decir sobre las cualidades ambientales de lo que venden, y lo hace sin periodo transitorio para las existencias.
Si su empresa encarga artículos promocionales personalizados, la directiva no es una norma sobre esa compra. Es una norma sobre lo que usted imprime después en el producto, lo que publica al respecto y lo que pone en el embalaje que ven sus propios clientes. En esa distinción está la mayor parte de la consecuencia práctica.
Qué es la directiva, exactamente
La directiva (UE) 2024/825 se adoptó el 28 de febrero de 2024 y modifica dos textos existentes del derecho europeo de consumo, la directiva sobre prácticas comerciales desleales y la directiva sobre derechos de los consumidores. Se la llama habitualmente Empowering Consumers for the Green Transition Directive, abreviada EmpCo o ECGT. El texto íntegro está publicado en EUR-Lex (pestaña nueva).
Los Estados miembros debían transponerla al derecho nacional antes del 27 de marzo de 2026, y las normas se aplican desde el 27 de septiembre de 2026.
Al tratarse de una directiva y no de un reglamento, el detalle de la aplicación varía según el Estado miembro. La transposición nacional puede ir más allá del mínimo en algunos países. Conviene comprobarlo para cada mercado en el que usted comunique.
Qué prohíbe
El resumen de la EU Retail Platform (pestaña nueva) expone lo esencial. Cuatro prohibiciones pesan especialmente en los artículos promocionales.
Las alegaciones ambientales genéricas sin fundamento. Términos como respetuoso con el medio ambiente, ecológico o biodegradable no pueden emplearse sin un comportamiento ambiental demostrado y reconocido, pertinente para la alegación. La alegación y su justificación deben aparecer juntas.
Los sellos de sostenibilidad que no se apoyan en un sistema de certificación. La directiva prohíbe mostrar sellos de sostenibilidad que no se apoyen en un sistema de certificación o que no hayan sido establecidos por una autoridad pública. Los considerandos en EUR-Lex son precisos sobre lo que exige un sistema válido: condiciones públicamente accesibles, condiciones mínimas de transparencia y credibilidad, y un control objetivo del cumplimiento por un tercero cuya competencia e independencia respecto del titular del sistema y del comerciante estén garantizadas.
En términos claros, un sello que una empresa ha creado para sus propios productos no sirve, por cuidadosamente que se haya diseñado.
Las alegaciones de neutralidad climática a nivel de producto basadas en la compensación. Las alegaciones de que un producto es climáticamente neutro, neutro en CO2 o compensado, cuando la base es la compensación y no la reducción, están prohibidas a nivel de producto.
Las alegaciones prospectivas no verificadas. Los compromisos ambientales sobre comportamientos futuros exigen un plan de aplicación y una verificación independiente.
¿Se aplica a las compras B2B?
No directamente. La directiva rige las prácticas comerciales de las empresas frente a los consumidores. Una relación de suministro entre dos empresas queda fuera de su ámbito.
Ese es el enunciado exacto, y ahí es donde se detienen la mayoría de los resúmenes. Merece la pena añadir dos matices, porque ambos pesan en la práctica.
Las alegaciones viajan. Las alegaciones de sostenibilidad se apoyan en el ciclo de vida, y la información de aguas arriba sobre composición, fabricación y cadena de suministro acaba habitualmente en la comunicación dirigida al consumidor. Si su equipo de marketing quiere describir como sostenible un producto personalizado en una campaña, alguien tiene que disponer de la prueba de esa alegación. En la mayoría de los casos, la prueba está en el proveedor. La obligación es suya; la documentación es de él.
El estándar se extiende más allá de su ámbito formal. El análisis de Eversheds Sutherland (pestaña nueva) señala que la jurisprudencia de la UE respalda el uso de los requisitos de la directiva para definir qué constituye publicidad engañosa también en un contexto entre empresas. Es un punto interpretativo y no una regla asentada, y es un punto que conviene plantear a su equipo jurídico en lugar de darlo por supuesto en un sentido o en otro.
¿Y la Green Claims Directive?
La Green Claims Directive era una propuesta distinta, y no ha sido adoptada. Cualquier proveedor que se la presente como un plazo legal inminente se equivoca.
La secuencia merece conocerse, porque la confusión está extendida. La Comisión propuso la Green Claims Directive en marzo de 2023. El 20 de junio de 2025 anunció su intención de retirar la propuesta, tras una petición del Partido Popular Europeo y la cancelación de la última sesión de triálogo. El Comité Económico y Social Europeo (pestaña nueva) ha publicado su relato de la retirada y del razonamiento que la sustenta.
El estado no está del todo cerrado. Latham & Watkins (pestaña nueva) observa que la posición es más matizada de lo que sugerían los titulares, y que la propuesta seguía siendo susceptible de adopción en el momento del anuncio. Presidentes de comisiones parlamentarias han manifestado su disposición a reanudar las negociaciones.
Lo que no admite duda es que la directiva 2024/825 fue adoptada, es derecho vigente, y se aplica desde el 27 de septiembre de 2026 pase lo que pase con la otra propuesta.
Dos fechas, y lo que hay entre ellas
| Fecha | Qué ocurre |
|---|---|
| 28 de febrero de 2024 | Adopción de la directiva (UE) 2024/825 |
| 6 de marzo de 2024 | Publicación en el Diario Oficial |
| 27 de marzo de 2026 | Plazo de transposición al derecho nacional |
| 27 de septiembre de 2026 | Las normas pasan a aplicarse en toda la UE |
No hay ventana de liquidación. Las existencias producidas antes de la fecha de aplicación no quedan exentas de las normas que se aplican después. Una campaña impresa en agosto de 2026 y difundida en octubre de 2026 queda sujeta al nuevo marco.
Qué puede hacer un comprador ahora mismo
El trabajo útil es documental más que jurídico, y consiste sobre todo en preguntar antes de lo que se preguntaría de otro modo.
- Revise las formulaciones que ya emplea. Descripciones de catálogo, páginas de intranet, encartes de embalaje y textos de campaña. Todo adjetivo ambiental que se sostenga solo es candidato a reescritura. Las marcas registradas y los nombres de producto no están exentos de las normas.
- Compruebe que cada sello que muestra se apoya en un sistema de un tercero. Un sello creado por un proveedor para su propia gama no cumple el estándar, por creíble que sea la práctica subyacente.
- Pida a los proveedores números de certificado en lugar de logotipos, ya en el presupuesto. Un número puede comprobarse ante el organismo emisor. Un logotipo no puede comprobarse en absoluto.
- Fíjese en cuánto tarda un proveedor en producir la documentación. Es la pregunta más informativa que puede hacer, y rara vez se hace. Un proveedor que envía un certificado el mismo día ya lo tenía. Un proveedor que tarda tres semanas está montando algo.
- Trate cualquier alegación de neutralidad climática sobre un producto como un riesgo vivo. Si la base es la compensación y no la reducción, cae de lleno en la prohibición.
Qué supone esto para el mercado de los artículos promocionales
La directiva eleva el coste de una alegación sin fundamento y deja inalterado el de una alegación documentada. Ese es todo su efecto comercial, y favorece a los proveedores que ya tienen los papeles.
Para los compradores, el desplazamiento práctico es que la capacidad de un proveedor para producir pruebas con rapidez pasa a ser un criterio de selección en lugar de una idea tardía. Es razonable preguntarlo antes de un pedido y no después.
Sobre los límites de este artículo. Resume información normativa públicamente disponible y no constituye asesoramiento jurídico. La transposición nacional varía, las orientaciones de la Comisión siguen actualizándose, y la interpretación se irá construyendo con la aplicación. Si en su comunicación comercial aparecen alegaciones ambientales, haga revisar el texto por un asesor cualificado.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se aplica la directiva (UE) 2024/825?
Las normas se aplican desde el 27 de septiembre de 2026. Los Estados miembros debían transponer la directiva al derecho nacional antes del 27 de marzo de 2026.
¿Se aplica la directiva a las transacciones B2B?
La directiva rige las prácticas comerciales frente a los consumidores. No regula directamente el suministro entre empresas, aunque las alegaciones procedentes de proveedores acaban con frecuencia en la comunicación dirigida al consumidor, donde las normas sí se aplican.
¿Está prohibida la palabra «sostenible»?
Las alegaciones ambientales genéricas están prohibidas cuando no se fundamentan en un comportamiento ambiental reconocido y pertinente para la alegación, presentado en el mismo soporte. Una alegación precisada y fundamentada sigue estando permitida.
¿Se adoptó la Green Claims Directive?
No. La Comisión anunció el 20 de junio de 2025 su intención de retirar la propuesta. La directiva (UE) 2024/825 es un instrumento distinto, que sí fue adoptado y se aplica desde el 27 de septiembre de 2026.
¿Podemos seguir usando el sello de sostenibilidad de un proveedor?
Solo si se apoya en un sistema de certificación que cumpla las condiciones de transparencia y de control por un tercero previstas en la directiva, o si fue establecido por una autoridad pública. Un sello creado por uno mismo no sirve.
¿Hay un periodo de gracia para las existencias?
No se prevé ninguna ventana de liquidación. Las alegaciones hechas después de la fecha de aplicación quedan sujetas a las normas, con independencia de cuándo se fabricó el producto.
Fuentes
- Directiva (UE) 2024/825, texto íntegro (pestaña nueva)
- Diario Oficial, versión PDF (pestaña nueva)
- Comisión Europea: FAQ sobre la directiva (PDF) (pestaña nueva)
- EU Retail Platform: resumen (pestaña nueva)
- CESE sobre la retirada de la Green Claims Directive (pestaña nueva)
- Latham & Watkins: análisis de la retirada (pestaña nueva)
- Eversheds Sutherland sobre las implicaciones B2B (pestaña nueva)
